Convocadas ayudas para la formación en el transporte por carretera

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha abierto la convocatoria de las ayudas para la formación en el transporte por carretera.

El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas para la formación en el transporte por carretera finaliza el 23 de agosto de 2021.

 

Estas subvenciones tienen una cuantía máxima de 3.842.000 euros a repartir entre todos los solicitantes que resulten beneficiarios.

La convocatoria está dirigida a asociaciones profesionales de transportistas o de empresas de actividades auxiliares y complementarias del transporte por carretera con implantación, al menos, en tres comunidades autónomas, a asociaciones profesionales de trabajadores y a otras entidades sin ánimo de lucro, públicas o privadas, con vinculación acreditada al sector del transporte terrestre.

Procedimiento de solicitud

  • El procedimiento de solicitud se encuentra recogido en una guía para presentar la solicitud electrónica de ayudas a la formación
  • Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se inicia el proceso de selección de los solicitantes, que deben cumplir todos los requisitos fijados en las bases reguladoras.
  • Se publicará una Resolución de otorgamiento provisional que contendrá un listado de los solicitantes que han sido beneficiados, junto con las acciones formativas que se subvencionarán hasta en un 90% del coste de los cursos, concediendo un periodo de alegaciones de diez días a todos los interesados.
  • Transcurrido dicho plazo, y realizados los cambios oportunos a partir de las alegaciones que hayan sido estimadas, se publicará la Resolución definitiva de beneficiarios y acciones formativas subvencionadas.
     

Una vez seleccionados, se pueden consultar los beneficiarios en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y  en el portal web del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana. Así mismo, se publica en el BOE un Anuncio indicando dónde puede encontrarse dicha Resolución.

Tras esta publicación se solicita a cada beneficiario la presentación de una serie de documentos (aval o fianza por el importe de los cursos, cuenta justificativa para la liquidación de los cursos si ya se hubieran impartido para esa fecha, etc.) y, una vez validados los mismos, se inicia el trámite del pago.

A partir de esa fecha, los beneficiarios dispondrán de plazo hasta el 31 de julio de 2022 posterior para gestionar e impartir los cursos, así como para presentar la cuenta justificativa de los gastos en que hubieran incurrido. Finalmente, se realizará la liquidación de los gastos realmente soportados para devolver o reintegrar el importe restante no consumido.

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